01 — Proceso
Cómo es el trámite de exención.
La exención requiere demostrar que la entidad cumple requisitos sustanciales (objeto de bien común, no distribución de utilidades) y formales (balances, libros, régimen de información). El trámite es anual y requiere mantenimiento continuo.
01
Diagnóstico inicial
Revisamos el estatuto, los balances y la situación impositiva de la entidad. Detectamos si cumple los requisitos sustanciales o si hay ajustes previos a realizar antes de presentar.
02
Armado del expediente
Preparamos la solicitud según la RG 2681/2010 (modificatoria): documentación estatutaria, balances certificados, listado de autoridades, declaración patrimonial y formularios AFIP.
03
Presentación AFIP
Presentamos por la web de AFIP, gestionamos requerimientos del organismo, defendemos observaciones y obtenemos el certificado de exención con vigencia plurianual.
04
Mantenimiento anual
Mantenemos la exención vigente con renovaciones, régimen de información anual y respuesta ante fiscalizaciones. Evitamos la caída de la exención por incumplimientos formales.
03 — Preguntas frecuentes
Lo que más nos preguntan.
¿Qué entidades pueden acceder a la exención?
Fundaciones, asociaciones civiles, mutuales, cooperativas, instituciones religiosas y otras entidades sin fines de lucro que cumplan con el inciso f) del artículo 26 de la Ley de Ganancias: objeto de bien común y no distribución de utilidades entre asociados.
¿Cuánto tarda obtener la exención?
El trámite ante AFIP suele resolverse en 60 a 120 días desde la presentación completa. El plazo depende de la documentación y de si AFIP requiere aclaraciones. La preparación previa del expediente suele llevar 3 a 4 semanas.
¿La exención cubre todos los impuestos?
La exención de Ganancias ante AFIP es nacional. Para IVA hay un régimen específico. Para Ingresos Brutos hay que tramitar exención en cada provincia donde opere la entidad (CABA, Buenos Aires, etc.). Te asesoramos en todas estas presentaciones.
¿Qué pasa si pierdo la exención?
La pérdida de la exención implica volver a tributar Ganancias por los períodos no exentos, con intereses y multas. Las causas más comunes son incumplir el régimen de información anual, modificar el objeto estatutario sin actualizar, o distribuir utilidades indirectamente. Asistimos también recuperos de exención perdida.
¿Pueden gestionarlo para entidades del interior?
Sí. Trabajamos con entidades de todo el país por videollamada y correo. El trámite ante AFIP es 100% digital, así que la ubicación no es limitante. Coordinamos con asesores locales solo si se requiere para temas provinciales puntuales.
¿Cuánto cuesta el servicio?
Trabajamos con honorarios fijos por trámite y abono mensual para el mantenimiento posterior. En la primera reunión analizamos el caso y enviamos propuesta escrita con alcance y valores, sin compromiso.